GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES
“2021 - Año del
Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
PROTOCOLO PARA EL INICIO DE LAS CLASES PRESENCIALES
2021
Este protocolo se encuentra en revisión
permanente en función de la evolución y nueva información que se disponga de la
pandemia en curso.
1. OBJETO
El presente documento tiene por
objeto establecer pautas y lineamientos,
generales y específicos, para
la elaboración
de medidas de prevención con el fin de mitigar el riesgo
de contagio de COVID-19 en la
población sujeto de este protocolo e indicar a las personas que desarrollan actividades
en el establecimiento
cómo proceder ante la detección
de un caso sospechoso durante el desarrollo
de las actividades.
Se considerarán
todas
las etapas
que
conforman un día de actividad escolar, teniendo en cuenta que las pautas
y medidas detalladas en el presente
documento están basadas en las recomendaciones efectuadas a la fecha
por el Ministerio de Salud,
las que se encuentran
en
revisión permanente, pudiendo ser ampliadas o
modificadas de acuerdo a los cambios que
surjan respecto a la situación epidemiológica
y cualquier otra directiva que emane de
las autoridades del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires.
2. ALCANCE
El presente documento será
de aplicación,
en todos sus términos, al sistema educativo de Gestión Estatal y Privada de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires.
a.
Estudiante s
La sección correspondiente a cada sala/grado/año/curso conforma un
grupo burbuja.
Independientemente de su forma de organización para cumplir con las medidas del
presente, la misma, por
ejemplo, podrá subdividirse
para la realización de las actividades educativas, sin que ello implique una alteración
en la conformación de la burbuja.
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La concurrencia presencial
de los/las
estudiantes a los establecimientos
educativos se hará de manera
escalonada y progresiva conforme se detalla a continuación:
Etapa 1 -
17/02/2021:
-
Estudiantes
de Nivel Inicial (45 días a 5 años de edad, incluyendo la Modalidad de Educación
Especial).
-
Estudiantes
de Primer Ciclo de Nivel Primario.
-
Estudiantes
de Primer Ciclo de la Modalidad de Educación Especial.
-
Estudiantes
del Ciclo Básico
de Nivel Secundario y Primer
Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional,
de Nivel Secundario.
Etapa 2 -
22/02/2021:
-
Estudiantes
de Segundo Ciclo de Nivel Primario.
-
Estudiantes
de Segundo Ciclo de la Modalidad de Educación Especial.
Etapa 3 -
01/03/2021:
-
Estudiantes
de Ciclo Orientado de Nivel Secundario y Segundo Ciclo
de la Modalidad Técnico Profesional de Nivel Secundario.
-
Los restantes estudiantes de la Modalidad de Educación Especial.
Etapa 4 -
08/03/2021:
-
Estudiantes
de la Modalidad de Educación de Jóvenes y Adultos.
Etapa 5 -
22/03/2021:
-
Estudiantes
de Nivel Superior.
b.
Personal
doce nte y no doce nte
Para el inicio del
ciclo lectivo 2021 se convocará a la totalidad del personal docente y no
docente.
Para el caso
de docentes
que participen
o impartan clases en más de un grupo
burbuja, se deberán extremar las restantes medidas de seguridad del presente protocolo, tales como, mayor
distanciamiento del docente respecto de los estudiantes,
evitar la circulación por el aula/espacio, entre otras.
Asimismo, las/os docentes promoverán el cumplimiento de las medidas
establecidas por este
protocolo de forma
constante, para que las mismas
se vuelvan habituales.
c.
Grupos
en riesgo y enfermedades preexistentes
Las/os estudiantes que formen parte de alguno de los grupos
de riesgo establecidos por la autoridad sanitaria, embarazadas o mayores de
sesenta (60) años o que convivan con una persona perteneciente a dichos grupos,
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podrán exceptuarse
de asistir
de manera presencial al establecimiento
educativo, debiendo presentar el certificado médico correspondiente y/o acreditar
la convivencia
según el caso.
Para
dichos grupos de estudiantes, se brindarán alternativas remotas para garantizar
la continuidad pedagógica.
Dentro de la nómina de personal, están dispensadas del
deber de asistencia al lugar de trabajo, quienes hayan tramitado y cuenten con
permiso vigente, de acuerdo a lo establecido por el Decreto N° 147-AJG/20 y sus
modificatorios, la Resolución de Firma Conjunta N° 7-GCABA-MJGGC/20 y su
modificatoria N° 8- GCABA-MJGGC/20 y la Resolución N° 622-GCABA-SSGRH/20 y sus
modificatorias:
a. Trabajadoras embarazadas.
b. Trabajadores y trabajadoras incluidos en los grupos en riesgo que define la autoridad
sanitaria nacional. Dichos
grupos, de conformidad con la definición vigente al
día de la fecha, son:
i.
Enfermedades respiratorias crónicas: enfermedad pulmonar obstructiva
crónica [EPOC], enfisema congénito,
displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma
moderado o severo.
ii.
Enfermedades cardíacas: Insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas.
iii.
Inmunodeficiencias.
iv.
Diabéticos,
personas con insuficiencia
renal crónica en diálisis o
con expectativas de ingresar a diálisis
en los siguientes seis meses.
v.
Personas con certificado único de discapacidad cuya patología represente un
incremento del
riesgo.
vi.
Personas con obesidad con IMC igual o superior a 40 kg/m2
(Obesidad grado 3)
Los empleadores y empleadoras deberán otorgar los
elementos adecuados para la prevención,
protección, limpieza,
cuidado y seguridad de los trabajadores y las trabajadoras
con IMC de 35 a
39,9kg/m2 (Obesidad
grado 2), con el objetivo de
disminuir su nivel de
exposición al virus SARS
CoV2, y
facilitar el acceso inmediato
a los controles sanitarios pertinentes, cuando resulte necesario.
Las
actualizaciones de estas definiciones serán publicadas en https://www.buenosaires.gob.ar/coronavirus.
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3.
PAUTAS GENERALES
Para el inicio
de clases
presenciales 2021 será necesario la implementación de pautas generales con carácter
obligatorio para estudiantes, personal docente y no docente y toda otra
persona que deba ingresar
y/o permanecer en el establecimiento.
Cada Establecimiento Educativo deberá establecer un plan de
organización interna para garantizar la mayor presencialidad posible conforme
los lineamientos del presente. Para ello contarán con el acompañamiento de
equipos técnicos y supervisiones del Ministerio de Educación de la Ciudad.
a.
Me dida de Distanciamie nto
Se deberá cumplir con la medida de distanciamiento social de al menos
1,5 metros.
Para el caso
de Nivel Inicial, teniendo en cuenta el grado de autonomía de las/os
niña/os, cuando no sea posible dar cumplimiento a dicho
distanciamiento, se deberán
intensificar las restantes medidas establecidas en el presente documento (uso
de tapaboca, máscara facial, ventilación,
lavado frecuente de manos, limpieza,
desinfección, etc.).
En el caso de aquellos estudiantes
que requieran apoyo, se
deberán intensificar las restantes medidas establecidas en el presente documento (uso
de tapaboca, máscara facial, ventilación, lavado frecuente de manos, limpieza, desinfección, etc.).
b.
Elementos
de Protección
Es obligatorio, para el ingreso y permanencia en los
establecimientos educativos, el uso de tapaboca en todo momento, que debe
cubrir por completo la nariz, boca y mentón, conforme establece la Resolución
de Firma Conjunta N° 15-GCABA-MJGGC/20 y su modificatoria N° 17-GCABA-MJGGC/20.
Las/os
niñas/os menores de 2 años de edad se encuentran exceptuados del uso de
tapaboca.
Las/os niñas/os de salas de
3 a 5 años de edad que
cuenten con la autonomía suficiente
para colocarse y quitarse el
tapabocas por sus propios
medios, deberían usarlo
durante todo el tiempo que sea posible, en términos
generales y de forma continua, excepto para comer/beber y realizar actividad física.
Para las/os estudiantes de la modalidad especial que, por su perfil sensorial
u otra característica
específica relacionada a la condición
de discapacidad, no estén en condiciones
de utilizar el tapabocas durante toda la
jornada escolar, deberán
extremarse las demás medidas de prevención.
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Las/os docentes deberán concurrir al establecimiento
educativo con tapaboca, que deberán mantener correctamente colocado.
Adicionalmente,
el empleador/a proveerá máscara facial.
El personal no docente deberá utilizar los elementos de
protección que sean necesarios conforme el tipo de actividad a realizar.
c.
Control de tempe ratura
Se deberá
tomar la temperatura a todas las personas que ingresen al establecimiento
educativo. La persona que
sea designada por el equipo
de conducción para realizar esta
tarea deberá utilizar tapaboca,
máscara facial y mantener distancia.
Deberá emplearse un termómetro infrarrojo que no implique
el contacto con la piel, el que será provisto por el empleador/a.
No
podrán ingresar al establecimiento educativo aquellas personas cuya temperatura
sea igual o mayor a 37.5
°C.
d.
Método
ade cuado para la Higie ne Pe rsonal
i.
Lavado
de manos con agua y jabón
Para reducir eficazmente el desarrollo de microorganismos en las manos,
el lavado de manos debe durar al menos 40–60 segundos.
Para
un adecuado lavado de manos con agua y jabón se deberán seguir los pasos
indicados en la siguiente ilustración:
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Es
importante hacerlo frecuentemente sobre todo:
●
Antes de salir de casa y
al llegar
al establecimiento educativo.
●
Antes y después de los descansos programados.
●
Antes y después de comer y manipular alimentos.
●
Antes y después de ir al baño.
●
Antes y después de manipular
basura o desperdicios.
●
Luego
de haber
tocado superficies de uso público:
mostradores, pasamanos, picaportes, interruptores, barandas, etc.
●
Después de manipular dinero, llaves,
animales, etc.
●
Después de toser, estornudar o
limpiarse la nariz.
Ante la imposibilidad del lavado
de manos con agua y jabón
se puede utilizar alcohol en gel
o alcohol al 70%, con la supervisión
de
un/a adulto/a para
el caso de niñas y niños y siempre que
las manos no estén visiblemente
sucias o con restos orgánicos.
ii. Ade cuada higie ne respiratoria
La higiene respiratoria se refiere a las medidas de
prevención para evitar la diseminación de secreciones al hablar, toser o
estornudar.
En consecuencia, se deberá:
●
Al toser o estornudar, cubrirse la nariz
y la boca con el pliegue interno
del codo o usar un pañuelo
descartable y desechar de forma inmediata a la basura.
●
Utilizar
el cesto de basura más
cercano para desechar los pañuelos
utilizados.
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●
Higienizarse
las manos después de toser, estornudar o limpiarse la nariz.
iii. Para una ade cuada higie ne y de sinfe cción de eleme ntos pe rsonale
s
Las/os docentes de
nivel inicial deberán dar cumplimiento a las siguientes pautas:
●
El delantal deberá permanecer en la escuela y deberá
ser
lavado en domicilio como
mínimo una vez por
semana con agua a 60°C, o más
y jabón.
●
Los restantes objetos de uso personal
se deberán sanitizar con alcohol al
70% antes de ingresarlos
a las salas.
●
No se recomienda la desinfección de bolsos ni otros elementos similares.
●
El personal docente y no docente deberá
colocarse la ropa de trabajo en la institución.
●
Los
elementos de protección personal deberán ser lavados con agua y jabón al menos una vez al
día, y cambiados inmediatamente si se encuentran sucios o
mojados.
●
El personal docente al
retirarse, deberá dejar los elementos
de protección y ropa de
trabajo
en
lugar aislado donde no pueda presentarse contaminación cruzada. No es necesario
el cambio de ropa.
e.
Acompañamie nto y fortale
cimie nto de las traye ctorias educativas
Desde los equipos técnicos
pertenecientes al Ministerio de Educación, se llevarán adelante diversas
acciones para el acompañamiento de las escuelas, estudiantes y
familias en el inicio del ciclo lectivo 2021 y para el sostenimiento
de
la continuidad pedagógica y
el logro de los aprendizajes
esperados, garantizando el derecho
a la educación en condiciones de equidad.
A su vez, se profundizará la articulación con organismos
del Estado y organizaciones civiles y sociales para fortalecer las redes
interinstitucionales que permitan brindar mejores oportunidades para los y las
estudiantes.
Asimismo, en gestión estatal los diferentes equipos técnicos del
Ministerio, tales como Equipos de Orientación
Escolar, Equipos de
Asistencia Socioeducativa Escolar, Promotores, Salud Escolar,
Programa de Retención Escolar de alumnas madres,
embarazadas y alumnos padres, entre otros, estarán abocados al sostenimiento y acompañamiento de las trayectorias
de los estudiantes.
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Se deberá
continuar la articulación con
referentes de las escuelas para que puedan acompañar desde la institución,
ya sea a través del Departamento de
Orientación Escolar, tutores, preceptores,
asesores pedagógicos y referentes de seguimiento de asistencia institucional, entre otros.
Se mantendrá el seguimiento e implementación de propuestas
pedagógicas personalizadas a partir de las estrategias impulsadas por los programas como Nivelación, Aceleración, Maestro + Maestro.
Se seguirá fortaleciendo el trabajo
escolar a través de la Red de
Apoyo Escolar a fin de acompañar la continuidad
y sostenimiento de la trayectoria educativa de los niños, adolescentes y sus familias.
Cabe destacar que se sostendrán acciones de acompañamiento
a instituciones, estudiantes y familias desde la Gerencia Operativa de Equipos
de Apoyo.
En aquellas situaciones en las que las instituciones
identifiquen casos de vulnerabilidad y/o dificultades en lo pedagógico,
intervendrán los Equipos de Orientación Escolar (EOE) y de Asistencia Socio
Educativa (ASE), quienes continuarán con el circuito de acción habitual.
f.
Capacitacione s y campañas de comunicación.
Se brindará acompañamiento al personal docente y no
docente, a las/os estudiantes y a las familias o adultas/os responsables para
que incorporen las normas establecidas en este protocolo y, de esta manera,
concientizar y promover buenos hábitos.
Se encuentran
a disposición materiales específicos contemplando las particularidades de cada
población, docentes, no docentes, estudiantes y referentes familiares
o adultas/os responsables, con
el
objetivo de transmitir
el concepto de salud integral,
abordando todas sus dimensiones, no solamente
en su
aspecto sanitario.
Si bien la situación sanitaria es dinámica,
existen medidas de cuidado individual con impacto positivo sobre
el colectivo.
El fin de estos materiales será reforzar las medidas de
cuidado institucionales y la dimensión del cuidado como práctica solidaria. A
través de diferentes formatos, el objetivo es hacer foco en la dimensión de los
cuidados individuales y de la comunidad educativa.
Con relación a los supervisores
escolares y equipos de conducción,
se continúan llevando a
cabo diversas reuniones con
motivo de diseñar los modos de organización
que tendrá cada institución escolar hacia el interior del establecimiento.
Dentro de las acciones de comunicación para la prevención
de contagios y hábitos de
cuidado se prevé la
colocación de cartelería y autoadhesivos en distintos espacios de
los establecimientos educativos: ingreso,
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pasillos, aulas o espacios destinados
al desarrollo de clases presenciales, sala docente, baños y espacios al
aire libre con recomendaciones de higiene, medidas de cuidado individual
y colectivo y números útiles de contacto.
Para el personal de limpieza
y el personal auxiliar de
portería, se pondrán a
disposición tutoriales de higiene, así como contenidos
digitales (videos o spots) para concientizar a la comunidad
educativa sobre la salud integral con foco en los hábitos y cuidados
individuales que nos protegen colectivamente.
Asimismo, se brindaron
capacitaciones virtuales y un manual
específico para realizar sus tareas respetando las medidas
y rutinas de limpieza
e higiene.
Las familias o adultas/os responsables cuentan con información
sobre higiene y
cuidados en las revistas de “Mi Escuela
Saludable”, así como también de
manera virtual mediante la página del Ministerio de Educación, para extender las acciones hacia las familias o adultos responsables y
en los hogares.
La/el docente cuenta
con material específico y adecuado
para promover
en sus estudiantes el cumplimiento de las medidas establecidas en el presente protocolo durante el tiempo
que considere necesario para que los mismos adquieran
dichas medidas como habituales.
g.
Articulación inte rsectorial
i.
Entre los Ministe rios de Salud y Educación de la Ciudad
Autónoma de Bue nos Aires
Se podrán incluir pautas de
salud integral durante el tiempo que la/el estudiante permanezca
en el
establecimiento, realizando los controles
y acciones correspondientes en articulación
con Salud Escolar del Ministerio de Educación y
del Ministerio de Salud.
A tal fin, se encuentra
conformada una mesa
jurisdiccional integrada por los Ministerios
de Salud y Educación, que tiene
como objetivo principal generar
acciones para la articulación fluida que el contexto
requiere en el presente y en las diferentes instancias. Los temas a
trabajar serán abordados desde una mirada de salud integral e incluirán
temas como vacunación, abordaje de enfermedades de alerta epidemiológica en este contexto,
controles de salud, entre otros. Se mantendrán reuniones periódicas para revisar intervenciones y acciones de los equipos de salud
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escolar
en las escuelas y la articulación con las áreas programáticas.
Las escuelas tendrán comunicación
frecuente con referentes de áreas programáticas,
para monitorear en forma conjunta la
implementación, y realizar la investigación epidemiológica y acciones de control y aislamiento en forma oportuna en
caso de presentación de un caso
sospechoso o confirmado.
ii. Con Organizacione s y otras áreas de l Gobie rno
de la Ciudad Autónoma de Bue nos Aires:
Desde el Ciclo Lectivo
2020, en el marco de la emergencia
sanitaria, se readecuó la forma de trabajo
de las organizaciones que colaboran con el Ministerio de Educación, fortaleciendo la comunicación
y habilitando nuevas formas para la recepción de consultas.
Se deberá
continuar trabajando junto con el Ministerio de Desarrollo Social y
Hábitat y
el Consejo de Derechos de Niñas, Niños
y Adolescentes a los fines de
brindar asistencia a las/os estudiantes con
posible vulneración de derechos
que se hayan identificado en la comunidad educativa.
Se continúa trabajando con la
Comisión Mixta de
Monitoreo de Protocolo, conformada por un representante
de cada organización sindical de personal docente y no docente, y la Subsecretaria de Carrera Docente del Ministerio de Educación.
4. VERIFICACIÓN Y ACONDICIONAMIENTO DE
LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS
a.
Infrae structura y acondicionamie nto
Para la apertura
de los establecimientos educativos se establecen las siguientes acciones:
●
Señalización
de espacios (ingresos y egresos, pasillos, aula/espacios destinados al desarrollo de clases
presenciales, espacios al aire libre, etc.) para cumplimentar con las medidas del
presente y el sentido unidireccional de circulación.
●
Anulación
de los bebederos.
●
Acondicionamiento
de un espacio
físico para aislamiento, preferentemente con puerta, ventana y baño propio.
●
Colocación
de cartelería
que brinde
información respecto de las
medidas y protocolos vigentes,
en
lugares
accesibles y visibles.
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●
Provisión
suficiente de insumos para la
higiene de manos
(jabón y papel descartable) en los baños
y lavabos.
●
Provisión
de contenedores/dispensadores con
alcohol en gel, o alcohol al 70% en todas las
instalaciones.
●
Provisión
suficiente de elementos de limpieza y desinfección.
●
El empleador/a proveerá los insumos mencionados en los puntos
precedentes.
La verificación del
cumplimiento de estas pautas será realizada
por la Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos, en el marco
de sus
competencias y a
través de las diversas áreas para los
establecimientos educativos de Gestión Estatal. En
cuanto a los establecimientos educativos de Gestión Privada
será la Unidad Ejecutora
del Régimen de Escuelas
Seguras de Gestión Privada.
b.
Limpie za y Desinfe cción
Se deberá efectuar la limpieza y desinfección profunda de
todas las instalaciones de los Establecimientos Educativos.
Asimismo,
se deberán llevar a cabo las siguientes acciones:
●
Limpiar
y desinfectar antes y después de cada turno aquellos objetos y superficies,
especialmente los de mayor uso
tanto por el personal docente, no docente y estudiantes. Entre otros: escritorios
y superficies de trabajo, botones e interruptores, teclados, pasamanos,
pizarrones, borradores, vidrios, puertas, manijas, canillas, ventanas,
marcos, armarios, entre otros. La limpieza de los mobiliarios
y equipamiento, barandas de cunas y barandas para sectorizar espacios, sillas, bebesit, etc,
se debe realizar varias veces al día, por el uso continuo de
diferentes bebés.
●
Recolectar la basura, limpiar y
desinfectar los contenedores.
●
Limpiar
con agua y
detergente y desinfectar los sanitarios luego de su uso.
●
Limpiar
y desinfectar pisos y
paredes de sanitarios durante y finalizadas las actividades objeto del presente protocolo.
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●
En sanitarios, reforzar la desinfección de picaportes, pasamanos, griferías,
pulsadores o tiradores de inodoros y todo elemento de uso y contacto frecuente con solución de
lavandina al 10%.
●
Lavar con abundante agua y jabón los elementos utilizados para
realizar la limpieza y desinfección
a fin de asegurar
que los mismos estén higienizados cada vez que se utilicen.
●
Las zonas de higiene y el
cambiado de pañales de
las/os niñas/os deben
estar bien delimitadas en un sector de
la sala. Debe separarse el espacio de
cambiado y sus elementos del de alimentación. Para el cambio, manipulación
y descarte de pañales se
deberá usar tapaboca, guantes,
máscara facial durante el cambio
de pañales, con el posterior lavado de manos.
●
El sector de cambiado o cambiador será
higienizado luego de cada
cambio con lavandina diluida (10 ml de
lavandina -con concentración de 55 g/litro- en 1 litro
de agua). El docente/auxiliar que realiza el cambiado se lavará las manos al finalizar
cada cambio. Dicho sector no debe tener ningún elemento
guardado (juguetes/materiales) que no sea para ese
fin, ni en gabinetes/alacenas
bajo mesada, ni en estantes aéreos, aunque estén en cajas; por riesgo a la contaminación de los mismos en la
manipulación que realiza la/el docente.
●
El mobiliario de descanso,
cunas y/o colchonetas debe ser higienizado
diariamente con
lavandina diluida, por
turnos de uso si
los
hubiese. Se recomienda limpieza con agua y jabón, previa
desinfección.
●
Para jardines maternales y
escuelas infantiles en los cuales
se brinde mamadera/alimento sólido
a niñas/os de 45 días
a 2 años, se deberán higienizar los elementos
necesarios a tal fin, previo lavado
de manos y/o utilización de alcohol en gel, siendo necesario el uso de tapaboca y máscara.
●
La ingesta de
alimentos en niñas/os
de nivel inicial de 3, 4
y 5 años
y estudiantes de nivel primario,
podrá realizarse en espacios semicubiertos
o al aire libre, previo lavado
de manos y/o utilización de alcohol
en gel. No se habilitará el uso de comedores.
●
Los espacios específicos destinados al cambiado
y asistencia personal
de las/os estudiantes de la modalidad
de educación especial que requieran de una atención directa del personal docente o no docente, además de las condiciones
de higiene y desinfección establecidas
en el presente protocolo serán debidamente
higienizados luego de
su uso.
●
Para aquellos estudiantes que requieran de silla de
ruedas, equipamiento o tecnología asistida, se deberá
garantizar la higiene y limpieza de
las mismas al ingreso a la
escuela con el kit de limpieza
disponible en la institución
(frasco pulverizador con alcohol al
70% y papel para secado) para limpiar frecuentemente las superficies de alto uso. Las sillas de ruedas y apoyos deben desinfectarse tal como se detalla
a continuación:
○
Puntos
claves para la desinfección de las sillas de ruedas: funda del asiento (ésta sufre compresión
con el cuerpo, por lo que la aireación
es mala. Puede producir humedad
y afectar a la acumulación de residuos y
gérmenes); almohadilla para la espalda (toca
la
piel de la espalda en
un área grande y también es
fácil de mojar con sudor. También puede producirse
humedad y
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afectar a la acumulación
de residuos y gérmenes); puños de empuje
y frenos (son utilizados por diferentes
manos y se torna en una superficie
donde se intensifica la posibilidad de transmitir contagios); neumáticos (tocan
el suelo
y ruedan a través de diversos entornos);
aros de
propulsión y apoyabrazos (son
los que más contacto toman con el niño/a).
○
Procedimiento:
–
Limpiar
profundamente los elementos claves: aros de propulsión,
puños de empuje, neumáticos, apoyabrazos, almohadón y frenos.
–
Limpiar
el chasis.
–
Limpiar
los joysticks en caso de sillas de ruedas eléctricas.
●
En caso de otro tipo
de producto de apoyo, se deben tener en cuenta las
mismas recomendaciones y desinfectar partes del producto con el que se tiene
contacto, sobre todo cuando
se hace uso en lugares
públicos.
i. Método de limpie za
Se tendrá en cuenta que los
detergentes eliminan la suciedad
y la materia orgánica disolviendo el polvo,
aceites o grasa, para luego facilitar su eliminación con el enjuague, por lo cual es importante lavar con detergente, luego enjuagar con agua limpia y desinfectar
con solución de agua
conteniendo hipoclorito de sodio al 10 %
según sea el caso (método del doble balde/doble trapo).
●
Se recomienda el uso
de detergentes
de óptima calidad.
●
Se recomienda trapear el piso.
●
La limpieza generalmente
requiere de fricción para remover la suciedad y los microorganismos.
●
La limpieza física y la fricción
pueden reducir el
cúmulo de microorganismos.
●
La limpieza es requerida de forma previa a cualquier
proceso de desinfección.
●
La limpieza debería realizarse de modo tal que reduzca la dispersión de polvo o suciedad
que pueden contener microorganismos.
●
Evitar
actividades que favorezcan el levantamiento
de partículas en suspensión,
como el
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uso de aspiradoras del polvo. De ser necesario su uso,
deberá circunscribirse a momentos después de actividad presencial de personal y
estudiantes.
●
Todos
los productos para la desinfección
deberán tener acción demostrada
para la eliminación
de organismos multirresistentes en las superficies y tener disponible la hoja de seguridad
o ficha técnica a disposición del personal que la requiera.
Para
mayores recomendaciones y precauciones adicionales podrá encontrar más
información en el Protocolo de Limpieza de Unidades Extrahospitalarias
disponible en la web:
https://www.buenosaires.gob.ar/sites/gcaba/files/p.limpieza.pdf
ii. Método de de sinfe cción
Se deberán
desinfectar las superficies y los pisos con una solución
de 10 ml de lavandina (con concentración de 55 g/litro) en
1 litro de agua. De utilizar una lavandina comercial con concentración
de 25 g/l, se deberá colocar el doble
de lavandina para lograr una correcta desinfección
(20 ml de lavandina por cada litro de agua).
c.
Me didas de Se guridad
Se deberá dar cumplimiento a las medidas de seguridad que se detallan a
continuación:
●
Se recomienda reducir al mínimo
la cantidad de personas y el tiempo de
permanencia en los baños,
no superando los QUINCE (15) minutos
y siempre se deberá tener el tapaboca colocado de manera correcta.
●
Se deberán mantener las puertas
y/o ventanas abiertas en forma permanente para evitar contacto con herrajes y permitir
la ventilación adecuada.
●
Restricción
del uso de ascensores. Solo podrán ser utilizados
por personas con dificultad de
movilidad.
5.
DINÁMICA
PARA EL DESARROLLO DE LAS
ACTIVIDADES
Para los Niveles Inicial, Primario y Secundario, la concurrencia
presencial de los/las estudiantes
se establecerá de lunes a viernes,
al menos el equivalente a una jornada escolar simple siempre que
se cumpla con las pautas establecidas en el presente protocolo.
A tal fin, cada Establecimiento Educativo deberá
establecer un plan de organización interna fundado para garantizar la presencialidad conforme los lineamientos
del presente. El equipo de conducción
y los docentes de cada establecimiento planificarán el cronograma de asistencia presencial para cada grupo
burbuja, garantizando la máxima
presencialidad posible, de conformidad con
las
posibilidades de organización y espacios
disponibles. Asimismo establecerán la cantidad
de turnos diarios y la duración
de los mismos dentro
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del
rango informado anteriormente. Para ello contarán con el acompañamiento de los
equipos técnicos y supervisiones del Ministerio de Educación.
Las
instancias presenciales obligatorias serán complementadas mediante instancias
de continuidad pedagógica remota.
a.
Ingreso
y Egreso al Establecimiento Educativo
No se deberán
presentar al establecimiento educativo quienes:
1.
Presenten síntomas compatibles con sospecha de COVID-19.
2.
Estén en aislamiento obligatorio debido a su diagnóstico.
3.
Cumplan
criterio de contacto estrecho y/o caso sospechoso o confirmado de COVID-19 de conformidad con las previsiones de la Resolución 842/MSGC/20 y sus modificatorias, y demás documentos sanitarios
aprobados por el Ministerio de Salud GCBA.
https://www.buenosaires.gob.ar/coronavirus/equipos-salud/protocolos-coron avirus-covid-19
A los fines
de dar cumplimiento a las pautas
de
seguridad establecidas en
el presente protocolo, se llevarán a cabo las siguientes
medidas:
●
Escalonar
los horarios de ingreso y egreso a los establecimientos educativos.
●
Se recomienda que el escalonamiento se lleve a cabo cada 10/15 minutos.
●
Se deberá llevar un registro
de todas las personas que ingresan al establecimiento,
por medio de registro
de asistencia habitual de cada establecimiento
y registro específico para
personas no pertenecientes al establecimiento educativo.
●
Se deberá controlar que toda
persona que ingrese
al establecimiento educativo lo haga con el
tapaboca colocado de manera
correcta, según lo establecido mediante Resolución de Firma Conjunta N° 15- GCABA-MJGGC/20 y su modificatoria, con la excepción prevista en el presente protocolo.
●
Se
tomará la temperatura a toda persona que
ingrese al establecimiento
educativo. No se permitirá el ingreso
de persona a quien se le
registren 37,5 °C o más.
●
Siempre
que sea posible, el ingreso y egreso se hará por accesos diferenciados.
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●
En los espacios de ingreso y egreso se deberá mantener el distanciamiento
a los fines de evitar aglomeraciones.
●
Se deberá procurar evitar el ingreso
al establecimiento de referentes
familiares, adultos responsables o de cualquier otra persona ajena, salvo en
caso de extrema necesidad, emergencia y/o en casos autorizados por el establecimiento educativo, los cuales deberán ser solicitados con turno previo
y se deberá dar cumplimiento a
todas las medidas establecidas en el presente documento.
●
Lavado de manos con agua y jabón
y, de no ser posible,
se deberá utilizar alcohol en
gel, con
supervisión adulta en el caso de niñas/os y siempre que las
manos no estén visiblemente sucias o con restos orgánicos.
●
Culminado
el proceso
de desinfección se indicará a las/os estudiantes el aula/espacios
destinados al desarrollo
de clases presenciales, evitando la aglomeración
en pasillos y baños.
Para el caso de Nivel Inicial además se deberán tener en cuenta las
siguientes medidas:
●
El proceso de ingreso al establecimiento educativo estará a cargo de 2 docentes y/o no docentes: una/o a cargo del proceso de sanitización, higiene y control de temperatura,
y otro para acompañar a las/os estudiantes
en el ingreso a la institución.
●
Para el proceso de adaptación
correspondiente a
los
jardines maternales se deberá permitir
el ingreso al establecimiento educativo de un referente familiar o adulta/o responsable. Las
mismas deberán realizarse preferentemente al aire libre y con turno previo.
●
Se deberá procurar evitar que las/os
niñas/os ingresen algún
juguete a la escuela. De no ser posible, el
mismo será higienizado antes de ingresar a la sala.
●
En el caso de las/os niñas/os
que asistan a la sala con
objetos transicionales, se
higienizarán los mismos
en el proceso de ingreso con alcohol al 70%. Dichos
objetos serán de uso individual.
Será requisito para
el ingreso de
las/os estudiantes al Establecimiento
Educativo presentar, el primer día
de clases presenciales, una Declaración Jurada en la que su referente familiar o adulta/o
responsable manifieste conocer
todos los términos del
presente documento, que la/el
estudiante se encuentra en condiciones
de concurrir al establecimiento
educativo y declarar su compromiso de no enviar
al estudiante si alguna de las personas convivientes es caso confirmado de COVID-19 o manifiesta síntomas compatibles con sospecha de infección por COVID-19.
Se asegurará
el respeto de la privacidad
y confidencialidad de la información médica informada frente a las diversas
situaciones epidemiológicas por las cuales
personal docente y no docente y
estudiantes podrían no
asistir a la escuela.
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b.
Aulas
o espacios de stinados al de sarrollo de clases
pre se nciale s
●
Para el desarrollo de las clases presenciales en el aula
o espacio destinado a tales efectos, a cada estudiante
se le asignará un lugar fijo cuya disposición
no podrá ser modificada durante
el desarrollo de las mismas.
●
Al comienzo de cada día la/el
docente a cargo tomará asistencia
e informará al equipo de conducción
las ausencias. El establecimiento educativo realizará un seguimiento de los motivos de ausencia de las/os estudiantes.
●
La/el docente comenzará la clase
explicando a las/os estudiantes
las medidas
establecidas por el presente
protocolo y síntomas COVID-19, hasta que lo considere necesario.
c.
Descansos
Programados (Recreos y salas de descanso destinadas a personal
docente y no
doce nte )
●
Previo
al inicio del descanso programado, la/el docente explicará a sus estudiantes cuáles
son
las medidas de comportamiento
que deben mantener durante los
mismos, hasta que las
mismas se vuelvan habituales.
●
Durante los descansos las/os estudiantes saldrán de las aulas/espacios destinados al desarrollo de clases presenciales y se irán a los patios o lugares
destinados para el descanso
programado por turno, no pudiendo entrar en contacto con las/os estudiantes de otros grupos, de acuerdo con los horarios
establecidos por el equipo de
conducción. Si la escuela
no cuenta con espacios suficientes para
evitar el contacto entre grupos
burbuja, se podrán escalonar los horarios
para el desarrollo de los mismos o
alternar el uso de las aulas
o espacios destinados al desarrollo de clases presenciales en alguno de los descansos programados.
●
En todo momento las/os estudiantes
serán supervisados por un docente, quien constatará el cumplimiento de las medidas establecidas en el presente documento.
●
No se permitirán juegos de pelotas ni de contacto físico entre estudiantes y no se podrán compartir
elementos o materiales de juego.
●
Para el caso de Nivel Inicial y la Modalidad
de Educación Especial se recomienda evitar, dentro de lo
posible, juegos de pelota o de contacto
físico entre estudiantes, así como evitar que compartan elementos o materiales de juego.
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●
Finalizado
el tiempo de descanso, el estudiante deberá dirigirse al aula o espacios destinados al desarrollo de clases presenciales correspondiente siguiendo los accesos establecidos.
●
Se deberán evitar las reuniones de docentes u otros miembros de
la comunidad educativa en espacios donde no
pueda cumplirse las medidas del presente documento.
●
Tanto estudiantes como personal
docente y no docente deberán
proceder al lavado de manos o uso de alcohol en
gel previo al retorno al
aula o espacios destinados al desarrollo de clases
presenciales.
d.
Educación Física
Para el desarrollo de las actividades físicas se deberán respetar los grupos
conforme lo dispuesto
en el punto
2.a.
del presente documento, los cuales podrán ser mixtos, y se deberá priorizar el uso de espacios al
aire
libre, ya sea en
establecimientos educativos, polideportivos, clubes, entre otros.
Asimismo, para la realización
de la actividad
física el referente
familiar o adulto responsable
deberá presentar una planilla de
salud debidamente suscripta que
habilitará al estudiante
a tal fin.
Se deberá cumplir
con las medidas de distanciamiento conforme se detalla a continuación:
●
2 metros en actividades sin desplazamiento y que no producen
hiperventilación.
●
4 metros durante los momentos
de recuperación y al finalizar la actividad hasta que se recupere un ritmo respiratorio habitual.
●
6 metros durante la práctica de la actividad, cuando la misma hace que la/el estudiante se encuentre hiperventilando.
Durante
el desarrollo de actividades físicas las/os estudiantes se encuentran
exceptuados del uso de tapaboca. Podrán optar por su uso exclusivamente para
actividades de baja intensidad.
e.
Talle
res y Laboratorios
Para el caso del desarrollo de actividades en talleres
y laboratorios, se
deberá dar cumplimiento a
las siguientes medidas:
●
Si las tareas de aprendizaje
deben implementarse específicamente en sectores reducidos, se deberá utilizar
máscaras faciales además del tapaboca.
●
Desinfectar las mesas de trabajo, herramientas, equipos,
máquinas y materiales a utilizar antes y
después de cada uso, así como luego
de cada rotación . A tales efectos el personal
responsable de los talleres
y laboratorios deberá realizar las
siguientes acciones:
●
Verificar
que los productos de limpieza empleados no dañen ni deterioren los equipos (que no
sean
abrasivos) y no interfieran con el desarrollo normal del laboratorio/taller.
● Higiene de manos antes de proceder
con la limpieza.
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●
Apagar y desenchufar dispositivos eléctricos o maquinarias previo a su limpieza y desinfección.
●
Evitar
utilizar cualquier material que pueda dejar residuos.
Para el caso de las escuelas de educación técnica, se
recomienda la desinfección de los tableros digitales con alcohol isopropílico.
f.
Música
Dentro de los establecimientos
educativos sólo podrán
desarrollarse aquellas propuestas
musicales que no impliquen
mayores riesgos de
propagación de COVID-19, lo cual será evaluado en función
de
la evolución
de la situación sanitaria.
No se podrán efectuar propuestas tales como coro o uso de
instrumentos de viento. Tampoco canto en forma individua l, ni ninguna
actividad que implique retirar el tapaboca.
g.
Servicio Alime ntario
Para aquellas/os estudiantes que asisten a establecimientos
educativos de gestión estatal y que cuenten con el beneficio de beca
alimentaria, se continuará con la entrega de la Canasta Escolar Nutritiva (CEN)
conforme procedimiento a cargo de los concesionarios de dichos servicios.
6. TRASLADO
Mediante el artículo
24 del
Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 67-PEN/21 se
establece que el personal docente, no docente y las/os estudiantes -y
su acompañante en su caso-, que asistan a clases presenciales, quedan exceptuados de la prohibición del uso del servicio público de transporte
de pasajeros
urbano, interurbano e interjurisdiccional, según corresponda y a este solo efecto.
A tales efectos,
deberán tramitar el “Certificado
Único Habilitante para Circulación
- Emergencia COVID- 19”, denominado
“ESCOLAR” habilitado en el link: www.argentina.gob.ar/circular.
Se recomienda el traslado hacia y desde el establecimiento evitando, en
la medida de lo posible, el transporte
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público.
Se recomienda ir a pie, en bicicleta, entre otros.
Asimismo se encuentra vigente el “Protocolo
para el uso de Transporte Escolar para la vuelta a
clases", aprobado mediante la
Resolución RESOL-2020-1261-GCABA-SSGMO.
Para aquellas/os estudiantes que asisten a establecimientos
educativos de gestión estatal y que contaban con transporte escolar, se
continuará brindando dicho servicio.
7. RESPONSABILIDADES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
Todos los actores de la comunidad educativa
deberán asumir deberes y responsabilidades en función de los roles que
cada uno despliega en la dinámica de
cada establecimiento.
Se deberá
cumplimentar con las pautas de comportamiento que guiarán el inicio de las clases presenciales 2021 en el marco de la emergencia sanitaria.
Las pautas que a continuación se detallan, así como las ya
mencionadas, son de carácter obligatorio,
ya que
son necesarias para promover el
cuidado personal y el de los demás como conducta imprescindible
para preservar a la comunidad educativa
y su entorno:
●
Cumplir
de manera
puntual con los horarios de ingreso y egreso al establecimiento educativo que les
fueran asignados.
●
Cumplir
con las actividades que les sean
indicadas por su docente para
la
continuidad pedagógica en
el hogar.
●
Cumplir
con las medidas de seguridad, higiene y desinfección que sean indicadas.
●
Las/os estudiantes deberán traer desde el hogar el tapaboca colocado de manera correcta. Asimismo,
deberán llevar otro tapaboca de repuesto por si
fuera necesario su reemplazo durante
la jornada escolar.
●
Las/os estudiantes deberán presentar toda
la
documentación que le sea solicitada por el establecimiento educativo tales como,
planilla de salud para
la
realización de actividad física,
declaración jurada, entre
otras en la primera semana de clase.
●
Evitar
el contacto
físico de todo tipo como
besos, abrazos, apretones de manos, puños, entre otros.
●
No compartir ningún tipo de
elemento personal, tales como útiles,
libros, comida, elementos de protección, entre otros.
●
Trasladar desde el hogar al establecimiento
educativo sólo aquellos elementos
que sean mínimos e
indispensables para el desarrollo de la jornada escolar.
●
Adicionalmente,
podrán ingresar con su propia botella
de agua, cargada desde el hogar.
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●
No permanecer más de
15 minutos en baños y
salas de descanso docentes y siempre tener el tapaboca colocado de manera correcta.
●
Efectuar la desinfección del propio lugar
de estudio al inicio y terminación
de la jornada escolar
(tanto docentes como estudiantes a partir del Nivel Primario).
Si bien dicha acción no reemplazará la
limpieza institucional, permitirá la incorporación
de hábitos de higiene en sus lugares
de uso habitual. A tal fin, se
prevé que desinfecten con alcohol al
70%
los pupitres/mesas,
sillas y los materiales que
se utilizan en los laboratorios, previo a su guardado. También
que realicen la desinfección
de sus teléfonos celulares en esos momentos.
●
Se deberán evitar las reuniones de docentes u otros miembros de
la comunidad educativa en espacios
donde no pueda cumplirse las medidas del presente documento. Si fuera indefectiblemente necesario
efectuar reuniones, las mismas
se deben hacer primero de manera
virtual y, de no ser posible,
deberán ser breves, con pocas
personas y al aire libre.
●
Al momento del descanso programado,
las/os estudiantes, previo al
egreso del aula o
espacios destinados al desarrollo de clases
presenciales, deberán guardar sus objetos personales.
●
Evitar
tocarse la cara con las
manos y, al toser y/o
estornudar, cubrirse la
boca y nariz con el codo.
●
En caso de que la niña, niño
o adolescente no asista
al establecimiento educativo en el
día y horario previstos, por motivos
de salud relacionados a
COVID-19, las familias deberán informar dicha circunstancia a las autoridades escolares.
Asimismo, los referentes familiares
o adultas/os responsables, o los estudiantes
mayores de edad, deberán firmar
una declaración jurada en la que declaren conocer todas las
medidas del presente documento.
8.
USO DE OTROS ESPACIOS
De
ser necesario, se podrán utilizar espacios distintos al establecimiento
educativo para el desarrollo de clases presenciales, tales como polideportivos,
clubes, museos, bibliotecas, centros culturales, entre otros.
A
tal fin, dichos espacios serán contabilizados para la propuesta de organización
del desarrollo de las clases presenciales elaboradas por las escuelas.
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Resulta importante destacar que la participación de las/os
estudiantes en lugares distintos al establecimiento educativo, cuentan con la
cobertura de seguros correspondientes.
9. PROTOCOLO ANTE CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS
DE COVID-19 EN EL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO Y ACCIONES EN EL ESTABLECIMIENTO
Ante la aparición de un caso sospechoso de COVID-19 en el establecimiento
educativo, se deberá proceder según lo
establecido en el protocolo
de manejo de casos sospechosos y confirmados del Ministerio de Salud
https://www.buenosaires.gob.ar/sites/gcaba/files/id_0_-
_protocolo_de_manejo_frente_a_casos_sospechosos_y_confirmados_de_covid-19_.pdf,.
En todas las situaciones de casos sospechosos de los estudiantes,
deberán presentar indefectiblemente una
DDJJ suscripta por el referente
familiar o adulta/o responsable en la cual manifiesten
que el estudiante posee síntomas compatibles con COVID-19 y una constancia
médica que indique
la
atención y
el aislamiento del mismo. La misma
deberá ser presentada dentro de
las primeras 24 horas.
En todas las situaciones de casos sospechosos
del personal docente y no
docente, deberán proceder a la carga de solicitud de licencia
correspondiente adjuntando la constancia médica que indique la atención y
el aislamiento de la persona. La misma deberá ser presentada
dentro de las primeras
24 horas.
En los casos en que
dicha situación se presente en el establecimiento
educativo y en ésta etapa, el equipo
directivo deberá llevar a cabo las siguientes acciones:
●
Dirigirla/o
al sector
de aislamiento
destinado a tal efecto.
●
Aislar
a la burbuja.
●
Contactar inmediatamente al sistema de cobertura de salud de la persona y, en caso de que cuente con cobertura pública exclusiva, dirigirse a la UFU más cercana.
●
En el caso de estudiantes,
asimismo se deberá
contactar al referente familiar o
adulta/o responsable para que éste lleve
al estudiante a la UFU
más cercana o cumpla con las instrucciones de la cobertura de salud de la persona.
●
En caso de personal docente o no docente confirmado, informar a la ART.
●
Una vez confirmado el caso, el
Ministerio de Salud
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
identificará a las personas que cumplan criterios de contacto estrecho.
Para llevar adelante el aislamiento al que se refiere en
este punto, se tendrá que utilizar un espacio físico previamente identificado,
preferentemente con puerta, ventana y baño propio.
En
dicho espacio físico de aislamiento solo deberá permanecer quien posea síntomas
compatibles con
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sospecha
de COVID-19, salvo aquellos estudiantes que por su grado de autonomía o
condición requieran el acompañamiento de un adulto, o cuando la situación así
lo amerite.
En caso de
confirmarse el caso, se tendrá en cuenta lo siguiente:
●
Si el caso confirmado es un docente, se deberá aislar, durante 10 días corridos, a las burbujas a las que
dicho docente ha impartido clases hasta 48 hs. antes de confirmarse dicho
caso (el caso se
confirma por
test, para determinar la fecha de
aislamiento se toma la
fecha de inicio de
los síntomas o, si es una persona que
es asintomática, pero se identificó
por test, se toma la
fecha de testeo), sin perjuicio
de la investigación epidemiológica a efectuar por parte del equipo responsable del
Ministerio de Salud.
●
Si el caso confirmado es un estudiante, se deberá aislar, durante 10 días corridos,
a la burbuja a la cual
pertenece y a las/los docente/s que le haya/n
impartido clases hasta 48 hs. antes
de confirmarse
dicho
caso (el caso se confirma
por test, para determinar la fecha de aislamiento se toma la fecha de inicio de los síntomas
o, si es una persona que
es asintomática, pero se identificó
por test, se toma la fecha de testeo), sin perjuicio de la investigación
epidemiológica a
efectuar por parte del equipo responsable del Ministerio de Salud.
●
Ante
la presencia
de un caso sospechoso, y
hasta su confirmación o descarte, se
tomarán las mismas medidas arriba mencionadas.
●
Es importante destacar que el contacto del contacto estrecho no tiene
indicaciones de aislamiento.
●
Los casos sospechosos, confirmados y
contactos estrechos serán manejados de acuerdo a protocolos sanitarios vigentes:
https://www.buenosaires.gob.ar/coronavirus/equipos-salud/protocolos-coronavirus-covid-19
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