PROTOCOLO INICIO DE CLASES

 

 

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

“2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”

 

PROTOCOLO PARA EL INICIO DE LAS CLASES PRESENCIALES 2021

Este protocolo se encuentra en revisión permanente en función de la evolución y nueva información que se disponga de la pandemia en curso.

 

 

 

1.       OBJETO

 

El presente documento tiene por objeto establecer pautas y lineamientos, generales y específicos, para la elaboración de medidas de prevención con el fin de  mitigar  el  riesgo  de  contagio  de  COVID-19  en  la población sujeto de este protocolo e indicar a las personas  que  desarrollan  actividades  en  el establecimiento cómo proceder ante la detección de un caso sospechoso durante el desarrollo de las actividades.

Se considerarán todas  las  etapas  que  conforman un día  de actividad escolar, teniendo en cuenta que  las pautas y medidas detalladas en el presente documento están basadas en las recomendaciones efectuadas a la fecha  por el Ministerio de Salud, las que  se  encuentran  en  revisión  permanente, pudiendo  ser  ampliadas  o modificadas de acuerdo a los cambios que surjan respecto  a  la  situación  epidemiológica  cualquier  otra  directiva  que emane de las autoridades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

 

 

2.       ALCANCE

 

El presente documento será de aplicación, en todos sus términos, al sistema educativo de Gestión Estatal y  Privada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

a.              Estudiante s

 

La sección correspondiente a cada sala/grado/año/curso conforma un grupo burbuja.

 

Independientemente de su forma de organización para cumplir con las medidas del presente, la  misma,  por ejemplo, podrá subdividirse para la  realización  de  las  actividades  educativas,  sin  que  ello  implique  una alteración en la conformación de la burbuja.

 

 

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La concurrencia presencial de los/las estudiantes a los establecimientos educativos se  hará  de  manera escalonada y progresiva conforme se detalla a continuación:

Etapa 1 - 17/02/2021:

-          Estudiantes de Nivel Inicial (45 días a 5 años  de  edad,  incluyendo  la  Modalidad de  Educación Especial).

-          Estudiantes de Primer Ciclo de Nivel Primario.

-          Estudiantes de Primer Ciclo de la Modalidad de Educación Especial.

-          Estudiantes del Ciclo Básico de Nivel Secundario y Primer Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional, de Nivel Secundario.

Etapa 2 - 22/02/2021:

-          Estudiantes de Segundo Ciclo de Nivel Primario.

-          Estudiantes de Segundo Ciclo de la Modalidad de Educación Especial.

 

Etapa 3 - 01/03/2021:

-          Estudiantes de Ciclo Orientado de Nivel Secundario y Segundo Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional de Nivel Secundario.

-          Los restantes estudiantes de la Modalidad de Educación Especial.

 

Etapa 4 - 08/03/2021:

-          Estudiantes de la Modalidad de Educación de Jóvenes y Adultos.

 

Etapa 5 - 22/03/2021:

-          Estudiantes de Nivel Superior.

 

 

b.             Personal doce nte y no doce nte

 

Para el inicio del ciclo lectivo 2021 se convocará a la totalidad del personal docente y no docente.

 

Para el caso de docentes que participen o impartan clases en más de un grupo burbuja, se deberán extremar las restantes medidas de  seguridad del presente protocolo, tales como, mayor distanciamiento del docente  respecto  de los estudiantes, evitar la circulación por el aula/espacio, entre otras.

Asimismo, las/os docentes promoverán el cumplimiento de las  medidas  establecidas  por  este  protocolo  de  forma constante, para que las mismas se vuelvan habituales.

c.               Grupos en riesgo y enfermedades preexistentes

 

Las/os estudiantes que formen parte de alguno de los grupos de riesgo establecidos por la autoridad sanitaria, embarazadas o mayores de sesenta (60) años o que convivan con una persona perteneciente a dichos grupos,

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podrán exceptuarse de asistir de manera presencial al establecimiento educativo, debiendo  presentar  el certificado médico correspondiente y/o acreditar la convivencia según el caso.

Para dichos grupos de estudiantes, se brindarán alternativas remotas para garantizar la continuidad pedagógica.

 

Dentro de la nómina de personal, están dispensadas del deber de asistencia al lugar de trabajo, quienes hayan tramitado y cuenten con permiso vigente, de acuerdo a lo establecido por el Decreto N° 147-AJG/20 y sus modificatorios, la Resolución de Firma Conjunta N° 7-GCABA-MJGGC/20 y su modificatoria N° 8- GCABA-MJGGC/20 y la Resolución N° 622-GCABA-SSGRH/20 y sus modificatorias:

 

a.       Trabajadoras embarazadas.

b.       Trabajadores y trabajadoras incluidos en los  grupos  en  riesgo  que  define  la  autoridad  sanitaria nacional. Dichos grupos, de conformidad con la definición vigente al día de la fecha, son:

i.                           Enfermedades respiratorias crónicas: enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo.

ii.                            Enfermedades cardíacas: Insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas.

iii.                             Inmunodeficiencias.

iv.                           Diabéticos, personas  con insuficiencia  renal crónica  en diálisis  o con expectativas de  ingresar  a diálisis en los siguientes seis meses.

v.                          Personas con certificado único de discapacidad cuya patología represente un incremento del

riesgo.

vi.                           Personas con obesidad con IMC igual o superior a 40 kg/m2 (Obesidad grado 3)

 

Los empleadores y empleadoras deberán otorgar los elementos adecuados para la prevención, protección,  limpieza, cuidado y seguridad de los trabajadores y las trabajadoras con  IMC  de  35 39,9kg/m2  (Obesidad grado 2), con el objetivo de disminuir su nivel de exposición al virus SARS  CoV2,  facilitar  el acceso inmediato a los controles sanitarios pertinentes, cuando resulte necesario.

 

Las actualizaciones de estas definiciones serán publicadas en https://www.buenosaires.gob.ar/coronavirus.

 

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3.       PAUTAS GENERALES

 

Para el inicio de clases presenciales 2021 será necesario la implementación de pautas generales con carácter obligatorio para estudiantes, personal docente y no docente y toda otra persona que  deba  ingresar  y/o permanecer en el establecimiento.

Cada Establecimiento Educativo deberá establecer un plan de organización interna para garantizar la mayor presencialidad posible conforme los lineamientos del presente. Para ello contarán con el acompañamiento de equipos técnicos y supervisiones del Ministerio de Educación de la Ciudad.

 

a.              Me dida de Distanciamie nto

 

Se deberá cumplir con la medida de distanciamiento social de al menos 1,5 metros.

 

Para el caso de Nivel Inicial, teniendo en cuenta el grado de  autonomía  de  las/os  niña/os,  cuando  no  sea posible dar cumplimiento dicho  distanciamiento,  se  deberán  intensificar  las  restantes  medidas  establecidas en el presente documento (uso de tapaboca, máscara facial, ventilación, lavado frecuente de manos, limpieza, desinfección, etc.).

En el caso de aquellos estudiantes que requieran apoyo, se deberán intensificar  las  restantes  medidas establecidas en el presente documento (uso de tapaboca, máscara facial, ventilación,  lavado  frecuente  de manos, limpieza, desinfección, etc.).

 

b.             Elementos de Protección

 

Es obligatorio, para el ingreso y permanencia en los establecimientos educativos, el uso de tapaboca en todo momento, que debe cubrir por completo la nariz, boca y mentón, conforme establece la Resolución de Firma Conjunta N° 15-GCABA-MJGGC/20 y su modificatoria N° 17-GCABA-MJGGC/20.

Las/os niñas/os menores de 2 años de edad se encuentran exceptuados del uso de tapaboca.

 

Las/os niñas/os de salas de 3 a 5 años de edad que cuenten con la autonomía  suficiente  para  colocarse  y  quitarse el tapabocas por sus propios medios, deberían usarlo durante todo  el  tiempo  que  sea  posible,  en términos generales y de forma continua, excepto para comer/beber y realizar actividad física.

Para las/os estudiantes de la modalidad especial que, por su perfil sensorial u otra característica específica relacionada a la condición de discapacidad, no estén en condiciones de utilizar el  tapabocas  durante  toda  la jornada escolar, deberán extremarse las demás medidas de prevención.

 

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Las/os docentes deberán concurrir al establecimiento educativo con tapaboca, que deberán mantener correctamente colocado.

Adicionalmente, el empleador/a proveerá máscara facial.

 

El personal no docente deberá utilizar los elementos de protección que sean necesarios conforme el tipo de actividad a realizar.

 

c.               Control de tempe ratura

 

Se deberá tomar la temperatura a todas las personas que ingresen al establecimiento educativo. La persona  que sea designada por el equipo de conducción para realizar esta tarea deberá utilizar tapaboca, máscara facial y mantener distancia.

Deberá emplearse un termómetro infrarrojo que no implique el contacto con la piel, el que será provisto por el empleador/a.

No podrán ingresar al establecimiento educativo aquellas personas cuya temperatura sea igual o mayor a 37.5

°C.

 

d.             Método ade cuado para la Higie ne  Pe rsonal

 

i.      Lavado  de  manos  con agua y jabón

 

Para reducir eficazmente el desarrollo de microorganismos en las manos, el lavado de manos debe durar al menos 40–60 segundos.

Para un adecuado lavado de manos con agua y jabón se deberán seguir los pasos indicados en la siguiente ilustración:

 

 

 

 

 

 

 

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Es importante hacerlo frecuentemente sobre todo:

 

   Antes de salir de casa y al llegar al establecimiento educativo.

        Antes y después de los descansos programados.

   Antes y después de comer y manipular alimentos.

        Antes y después de ir al baño.

   Antes y después de manipular basura o desperdicios.

   Luego de haber tocado superficies de uso público: mostradores, pasamanos, picaportes, interruptores, barandas, etc.

   Después de manipular dinero, llaves, animales, etc.

   Después de toser, estornudar o limpiarse la nariz.

 

Ante la imposibilidad del lavado de manos con agua y jabón se puede utilizar  alcohol  en  gel o alcohol al 70%, con la supervisión de  un/a  adulto/a  para  el caso de  niñas  y niños  y siempre  que las manos no estén visiblemente sucias o con restos orgánicos.

 

ii.      Ade cuada higie ne respiratoria

 

La higiene respiratoria se refiere a las medidas de prevención para evitar la diseminación de secreciones al hablar, toser o estornudar.

En consecuencia, se deberá:

 

        Al toser o estornudar, cubrirse la nariz y la boca con el pliegue interno del codo o usar un pañuelo descartable y desechar de forma inmediata a la basura.

   Utilizar el cesto de basura más cercano para desechar los pañuelos utilizados.

 

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   Higienizarse las manos después de toser, estornudar o limpiarse la nariz.

 

iii.      Para una ade cuada higie ne y de sinfe cción de eleme ntos pe rsonale s

Las/os docentes de nivel inicial deberán dar cumplimiento a las siguientes pautas:

        El delantal deberá permanecer en la escuela y  deberá  ser  lavado  en  domicilio  como mínimo una vez por semana con agua a 60°C, o más y jabón.

        Los restantes objetos de uso personal se deberán sanitizar con alcohol al 70% antes de ingresarlos a las salas.

        No se recomienda la desinfección de bolsos ni otros elementos similares.

        El personal docente y no docente deberá colocarse la ropa de trabajo en la institución.

        Los elementos de protección personal deberán ser lavados con agua  y jabón al menos una  vez al día, y cambiados inmediatamente si se encuentran sucios o mojados.

        El personal docente al retirarse, deberá dejar los elementos de protección y ropa de trabajo

en lugar aislado donde no pueda presentarse contaminación cruzada. No es necesario el cambio de ropa.

 

 

e.               Acompañamie nto y fortale cimie nto de las traye ctorias educativas

 

Desde los equipos técnicos pertenecientes al Ministerio de Educación, se  llevarán adelante  diversas  acciones para el acompañamiento de las escuelas, estudiantes y familias en el inicio del ciclo lectivo 2021 y para el sostenimiento de  la  continuidad  pedagógica  el logro  de  los  aprendizajes  esperados, garantizando  el derecho a la educación en condiciones de equidad.

 

A su vez, se profundizará la articulación con organismos del Estado y organizaciones civiles y sociales para fortalecer las redes interinstitucionales que permitan brindar mejores oportunidades para los y las estudiantes.

 

Asimismo, en gestión  estatal  los  diferentes  equipos  técnicos  del  Ministerio,  tales  como  Equipos  de Orientación Escolar, Equipos de Asistencia Socioeducativa Escolar, Promotores, Salud Escolar, Programa de Retención Escolar de alumnas madres, embarazadas y alumnos padres, entre otros, estarán abocados al sostenimiento y acompañamiento de las trayectorias de los estudiantes.

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Se deberá continuar la articulación con referentes de las escuelas para que puedan acompañar  desde  la institución, ya sea a través del Departamento de Orientación Escolar,  tutores,  preceptores,  asesores  pedagógicos y referentes de seguimiento de asistencia institucional, entre otros.

 

Se mantendrá el seguimiento e implementación de propuestas pedagógicas personalizadas a partir de las  estrategias impulsadas por los programas como Nivelación, Aceleración, Maestro + Maestro.

 

Se seguirá fortaleciendo el trabajo escolar a través de la Red de Apoyo Escolar a fin de  acompañar  la  continuidad y sostenimiento de la trayectoria educativa de los niños, adolescentes y sus familias.

 

Cabe destacar que se sostendrán acciones de acompañamiento a instituciones, estudiantes y familias desde la Gerencia Operativa de Equipos de Apoyo.

 

En aquellas situaciones en las que las instituciones identifiquen casos de vulnerabilidad y/o dificultades en lo pedagógico, intervendrán los Equipos de Orientación Escolar (EOE) y de Asistencia Socio Educativa (ASE), quienes continuarán con el circuito de acción habitual.

 

f.                Capacitacione s y campañas de comunicación.

 

Se brindará acompañamiento al personal docente y no docente, a las/os estudiantes y a las familias o adultas/os responsables para que incorporen las normas establecidas en este protocolo y, de esta manera, concientizar y promover buenos hábitos.

Se encuentran a disposición materiales específicos contemplando las particularidades  de  cada  población, docentes, no docentes, estudiantes y referentes familiares o adultas/os  responsables,  con  el  objetivo  de transmitir el concepto de salud integral, abordando todas sus  dimensiones,  no  solamente  en  su  aspecto  sanitario.

Si bien la situación sanitaria es dinámica, existen medidas de cuidado individual con impacto positivo sobre el colectivo.

El fin de estos materiales será reforzar las medidas de cuidado institucionales y la dimensión del cuidado como práctica solidaria. A través de diferentes formatos, el objetivo es hacer foco en la dimensión de los cuidados individuales y de la comunidad educativa.

Con relación a los supervisores escolares y equipos de conducción, se continúan llevando a  cabo  diversas reuniones con motivo de diseñar  los  modos  de  organización  que  tendrá  cada  institución  escolar  hacia  el interior del establecimiento.

Dentro de las acciones de comunicación para la prevención de contagios y hábitos de cuidado se prevé la colocación de cartelería y autoadhesivos en distintos espacios de los establecimientos educativos: ingreso,

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pasillos, aulas o espacios destinados al desarrollo de clases presenciales, sala docente, baños y espacios al aire libre con recomendaciones de  higiene,  medidas  de  cuidado  individual  colectivo  números  útiles de contacto.

Para el personal de limpieza y el personal auxiliar  de  portería, se  pondrán disposición  tutoriales  de  higiene,  así como contenidos digitales (videos o spots) para concientizar a la comunidad educativa sobre la salud integral con foco en los hábitos y cuidados individuales  que  nos  protegen  colectivamente.  Asimismo,  se brindaron capacitaciones virtuales y un manual específico para realizar sus tareas respetando las medidas  y rutinas de limpieza e higiene.

Las familias o adultas/os responsables cuentan con  información  sobre  higiene  cuidados  en  las  revistas  de “Mi Escuela Saludable”, así como también de manera virtual mediante la página  del Ministerio  de  Educación, para extender las acciones hacia las familias o adultos responsables y en los hogares.

La/el docente cuenta con material específico y adecuado para  promover en sus estudiantes  el cumplimiento de las medidas establecidas en el presente protocolo durante el tiempo que considere  necesario  para  que  los  mismos adquieran dichas medidas como habituales.

 

g.              Articulación inte rsectorial

 

i.      Entre los Ministe rios de Salud y Educación de la Ciudad Autónoma de Bue nos Aires

 

Se podrán incluir pautas de salud integral durante el tiempo que la/el estudiante permanezca en el establecimiento, realizando los controles y acciones correspondientes en articulación con Salud Escolar del Ministerio de Educación y del Ministerio de Salud.

A tal fin, se  encuentra  conformada  una  mesa  jurisdiccional integrada  por los  Ministerios de Salud y Educación, que tiene como objetivo principal generar acciones para la articulación fluida que el contexto requiere en el presente y en las diferentes instancias. Los temas a  trabajar  serán abordados desde una mirada de salud integral e incluirán temas como vacunación, abordaje de enfermedades de alerta epidemiológica en este contexto, controles de salud, entre otros. Se mantendrán reuniones periódicas para revisar intervenciones y acciones de los equipos de salud

 

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escolar en las escuelas y la articulación con las áreas programáticas.

 

Las escuelas tendrán comunicación frecuente con referentes de áreas programáticas, para monitorear en forma conjunta la implementación, y realizar la investigación epidemiológica y acciones de control y aislamiento en forma oportuna en caso de presentación de un  caso sospechoso o confirmado.

ii.      Con Organizacione s y otras áreas de l Gobie rno de la Ciudad Autónoma de Bue nos Aires:

 

Desde el Ciclo Lectivo 2020, en el marco de la emergencia sanitaria, se readecuó la  forma  de trabajo de las organizaciones que colaboran con el Ministerio de Educación, fortaleciendo la comunicación y habilitando nuevas formas para la recepción de consultas.

Se deberá continuar trabajando junto con el Ministerio  de  Desarrollo  Social  Hábitat  el Consejo de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes a los fines de brindar asistencia a las/os estudiantes con posible vulneración de derechos que se hayan identificado en la  comunidad educativa.

Se continúa trabajando con la Comisión Mixta de Monitoreo de Protocolo, conformada por un representante de cada organización sindical de  personal docente  y no docente, y la  Subsecretaria de Carrera Docente del Ministerio de Educación.

 

 

 

 

 

4.       VERIFICACIÓN Y ACONDICIONAMIENTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS

a.              Infrae structura y acondicionamie nto

 

Para la apertura de los establecimientos educativos se establecen las siguientes acciones:

 

        Señalización de espacios (ingresos y egresos, pasillos, aula/espacios destinados al desarrollo de clases presenciales, espacios al aire libre, etc.) para cumplimentar con las medidas del presente y el sentido unidireccional de circulación.

        Anulación de los bebederos.

        Acondicionamiento de un espacio físico para aislamiento, preferentemente con puerta, ventana y baño propio.

        Colocación de cartelería que brinde información respecto de las medidas y protocolos vigentes, en

lugares accesibles y visibles.

 

 

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        Provisión suficiente de insumos para la higiene de manos (jabón y papel descartable) en los baños y lavabos.

        Provisión de contenedores/dispensadores con alcohol en gel, o alcohol al  70%  en  todas  las instalaciones.

        Provisión suficiente de elementos de limpieza y desinfección.

 

        El empleador/a  proveerá  los  insumos  mencionados  en los  puntos precedentes.

 

La verificación del cumplimiento de estas pautas será realizada por la Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos, en el marco de sus competencias  y a  través  de  las diversas áreas para los establecimientos educativos de Gestión Estatal. En  cuanto  a  los  establecimientos  educativos  de  Gestión Privada será la Unidad Ejecutora del Régimen de Escuelas Seguras de Gestión Privada.

 

 

 

b.             Limpie za y Desinfe cción

 

Se deberá efectuar la limpieza y desinfección profunda de todas las instalaciones de los Establecimientos Educativos.

Asimismo, se deberán llevar a cabo las siguientes acciones:

 

        Limpiar y desinfectar antes y después de  cada  turno  aquellos  objetos  y superficies, especialmente  los de mayor uso tanto por el personal docente, no docente y estudiantes. Entre otros: escritorios  y superficies de trabajo, botones e interruptores, teclados, pasamanos, pizarrones, borradores, vidrios, puertas, manijas, canillas, ventanas, marcos, armarios, entre otros. La limpieza de los mobiliarios y equipamiento, barandas de cunas y barandas para sectorizar espacios, sillas, bebesit,  etc,  se  debe realizar varias veces al día, por el uso continuo de diferentes bebés.

        Recolectar la basura, limpiar y desinfectar los contenedores.

        Limpiar con agua y detergente y desinfectar los sanitarios luego de su uso.

        Limpiar y desinfectar pisos y paredes de sanitarios durante y finalizadas las actividades  objeto  del presente protocolo.

 

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        En sanitarios, reforzar la desinfección de picaportes, pasamanos, griferías, pulsadores o tiradores de inodoros y todo elemento de uso y contacto frecuente con solución de lavandina al 10%.

        Lavar con abundante agua jabón  los  elementos  utilizados  para  realizar  la  limpieza  y desinfección a fin de asegurar que los mismos estén higienizados cada vez que se utilicen.

        Las zonas de higiene y el cambiado de pañales de las/os niñas/os deben estar  bien  delimitadas  en un sector de la sala. Debe separarse el espacio de cambiado y sus elementos del de alimentación. Para el cambio, manipulación y descarte de  pañales  se  deberá  usar tapaboca, guantes, máscara facial durante el cambio de pañales, con el posterior lavado de manos.

        El sector de cambiado o cambiador  será  higienizado  luego  de  cada  cambio con lavandina  diluida  (10 ml de lavandina -con concentración de 55 g/litro- en 1 litro de agua). El docente/auxiliar que realiza el cambiado se lavará las manos al finalizar cada cambio. Dicho sector no debe tener ningún elemento guardado (juguetes/materiales) que no sea para ese fin, ni en gabinetes/alacenas bajo mesada, ni en estantes aéreos, aunque estén en cajas; por riesgo  la  contaminación  de  los  mismos  en  la manipulación que realiza la/el docente.

        El mobiliario de descanso, cunas y/o colchonetas debe  ser  higienizado  diariamente  con  lavandina diluida, por turnos de uso si los hubiese. Se recomienda limpieza con agua y jabón, previa desinfección.

        Para jardines maternales y escuelas infantiles en los cuales se brinde mamadera/alimento sólido a niñas/os de 45 días a 2 años, se deberán higienizar los elementos necesarios a tal fin, previo lavado de manos y/o utilización de alcohol en gel, siendo necesario el uso de tapaboca y máscara.

        La ingesta de alimentos en niñas/os de nivel inicial de  3, 4 y 5 años  y estudiantes de nivel primario, podrá realizarse en espacios semicubiertos o al aire libre, previo lavado de manos y/o utilización  de  alcohol en gel. No se habilitará el uso de comedores.

        Los espacios específicos destinados al cambiado y asistencia personal de las/os estudiantes de la modalidad de educación especial que requieran de una atención directa del personal docente o no docente, además de las condiciones de higiene y desinfección establecidas  en  el presente  protocolo serán debidamente higienizados luego de su uso.

        Para aquellos estudiantes que requieran de silla de ruedas, equipamiento o tecnología asistida, se deberá garantizar la higiene y limpieza de las mismas al ingreso a la escuela con el kit de  limpieza disponible en la institución (frasco pulverizador con alcohol al 70% y papel para secado) para limpiar frecuentemente las  superficies de alto uso. Las sillas  de ruedas y apoyos deben desinfectarse tal como  se detalla a continuación:

        Puntos claves para la desinfección de las sillas de ruedas: funda del  asiento  (ésta  sufre compresión con el cuerpo, por lo  que  la  aireación es mala.  Puede producir humedad y afectar la acumulación de residuos y gérmenes); almohadilla para  la  espalda  (toca  la  piel de  la  espalda en un área grande y también es fácil de mojar con sudor. También puede producirse humedad y

 

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afectar a la acumulación de residuos y gérmenes); puños de empuje y frenos (son utilizados por diferentes manos y se torna en una superficie donde se intensifica la posibilidad de transmitir contagios); neumáticos (tocan el suelo y ruedan a través de diversos  entornos);  aros  de  propulsión y apoyabrazos (son los que más contacto toman con el niño/a).

        Procedimiento:

         Limpiar profundamente los elementos claves: aros de propulsión, puños de empuje, neumáticos, apoyabrazos, almohadón y frenos.

         Limpiar el chasis.

         Limpiar los joysticks en caso de sillas de ruedas eléctricas.

        En caso de otro tipo de producto de apoyo, se deben tener en cuenta las mismas recomendaciones y desinfectar partes del producto con el que se tiene contacto, sobre todo cuando se hace uso en lugares públicos.

 

i.      Método de limpie za

 

Se tendrá en cuenta que los detergentes eliminan la suciedad y la materia orgánica disolviendo el polvo, aceites o grasa, para luego facilitar su eliminación con  el  enjuague,  por  lo  cual  es importante lavar con detergente, luego enjuagar con agua  limpia  y  desinfectar  con  solución  de agua conteniendo hipoclorito de sodio al 10 % según sea el caso (método del doble  balde/doble trapo).

        Se recomienda el uso de detergentes de óptima calidad.

        Se recomienda trapear el piso.

        La limpieza generalmente requiere de fricción para remover la suciedad  los microorganismos.

        La limpieza física y la fricción pueden reducir el cúmulo de microorganismos.

        La limpieza es requerida de forma previa a cualquier proceso de desinfección.

        La limpieza debería realizarse de modo tal  que  reduzca  la  dispersión  de  polvo  o suciedad que pueden contener microorganismos.

        Evitar actividades que favorezcan el levantamiento de partículas en suspensión, como el

 

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uso de aspiradoras del polvo. De ser necesario su uso, deberá circunscribirse a momentos después de actividad presencial de personal y estudiantes.

        Todos los productos para la desinfección deberán tener acción  demostrada  para  la eliminación de organismos multirresistentes en las superficies y tener disponible la hoja de seguridad o ficha técnica a disposición del personal que la requiera.

Para mayores recomendaciones y precauciones adicionales podrá encontrar más información en el Protocolo de Limpieza de Unidades Extrahospitalarias disponible en la web:

https://www.buenosaires.gob.ar/sites/gcaba/files/p.limpieza.pdf

 

 

 

 

ii.      Método de de sinfe cción

 

Se deberán desinfectar las superficies y los pisos con una solución de 10 ml de lavandina (con concentración de 55 g/litro) en 1 litro de agua. De utilizar una  lavandina  comercial  con concentración de 25 g/l, se deberá colocar el doble de lavandina para lograr una  correcta  desinfección (20 ml de lavandina por cada litro de agua).

 

c.               Me didas de Se guridad

 

Se deberá dar cumplimiento a las medidas de seguridad que se detallan a continuación:

   Se recomienda reducir al mínimo la  cantidad de  personas  y el tiempo de permanencia en los  baños, no superando los QUINCE (15) minutos y siempre se deberá tener el tapaboca colocado de manera correcta.

        Se deberán mantener las puertas y/o ventanas abiertas en forma permanente para evitar contacto con herrajes y permitir la ventilación adecuada.

        Restricción del uso de ascensores. Solo podrán ser utilizados por personas con dificultad de

movilidad.

 

5.       DINÁMICA PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES

 

Para los Niveles Inicial, Primario y Secundario, la  concurrencia  presencial de  los/las  estudiantes se establecerá de lunes a viernes, al menos el equivalente a una jornada escolar simple siempre que se cumpla con las pautas establecidas en el presente protocolo.

A tal fin, cada Establecimiento Educativo deberá establecer un plan de organización interna fundado para garantizar la presencialidad conforme los  lineamientos  del  presente.  El  equipo  de  conducción  y los  docentes de cada establecimiento planificarán el cronograma de asistencia presencial para cada grupo  burbuja, garantizando la máxima presencialidad  posible,  de  conformidad  con  las  posibilidades  de  organización  y espacios disponibles. Asimismo establecerán la cantidad de turnos diarios y la duración de los mismos dentro

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del rango informado anteriormente. Para ello contarán con el acompañamiento de los equipos técnicos y supervisiones del Ministerio de Educación.

Las instancias presenciales obligatorias serán complementadas mediante instancias de continuidad pedagógica remota.

 

a.              Ingreso y Egreso al Establecimiento Educativo

 

No se deberán presentar al establecimiento educativo quienes:

 

1.              Presenten síntomas compatibles con sospecha de COVID-19.

2.              Estén en aislamiento obligatorio debido a su diagnóstico.

3.              Cumplan criterio de contacto estrecho y/o caso sospechoso o confirmado de COVID-19 de conformidad con las previsiones de la Resolución 842/MSGC/20 y sus modificatorias, y demás documentos sanitarios aprobados por el Ministerio de Salud GCBA.

https://www.buenosaires.gob.ar/coronavirus/equipos-salud/protocolos-coron avirus-covid-19

 

A los fines de dar cumplimiento a las pautas de  seguridad establecidas  en el presente  protocolo, se llevarán a cabo las siguientes medidas:

        Escalonar los horarios de ingreso y egreso a los establecimientos educativos.

        Se recomienda que el escalonamiento se lleve a cabo cada 10/15 minutos.

        Se deberá llevar un registro de todas las personas que  ingresan  al  establecimiento,  por  medio  de  registro de asistencia habitual de cada establecimiento y registro específico para personas no pertenecientes al establecimiento educativo.

        Se deberá controlar que toda persona que ingrese al establecimiento educativo lo haga con el tapaboca colocado de manera correcta, según lo establecido mediante Resolución de Firma Conjunta 15- GCABA-MJGGC/20 y su modificatoria, con la excepción prevista en el presente protocolo.

   Se tomará la temperatura a toda persona que ingrese al establecimiento educativo. No se permitirá el ingreso de persona a quien se le registren 37,5 °C o más.

   Siempre que sea posible, el ingreso y egreso se hará por accesos diferenciados.

 

 

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   En los espacios de ingreso y egreso se deberá mantener el distanciamiento a los fines de evitar aglomeraciones.

   Se deberá procurar evitar el ingreso al establecimiento de  referentes familiares, adultos  responsables o de cualquier otra persona ajena, salvo en caso de extrema necesidad, emergencia y/o en casos autorizados por el establecimiento educativo, los cuales deberán ser solicitados con turno previo y se deberá dar cumplimiento a todas las medidas establecidas en el presente documento.

   Lavado de manos con agua y jabón y, de no ser posible, se deberá utilizar alcohol en gel, con

supervisión adulta en el caso de niñas/os y siempre que las manos no estén visiblemente sucias o con restos orgánicos.

        Culminado el proceso de desinfección se indicará a las/os estudiantes el aula/espacios destinados al desarrollo de clases presenciales, evitando la aglomeración en pasillos y baños.

 

Para el caso de Nivel Inicial además se deberán tener en cuenta las siguientes medidas:

        El proceso de ingreso al establecimiento educativo  estará a cargo de  2 docentes y/o no docentes: una/o a cargo del proceso de sanitización, higiene y control de temperatura, y otro para acompañar a las/os estudiantes en el ingreso a la institución.

   Para el proceso de adaptación correspondiente  los  jardines  maternales  se deberá permitir el ingreso al establecimiento educativo de un referente familiar o adulta/o responsable. Las mismas deberán realizarse preferentemente al aire libre y con turno previo.

        Se deberá procurar evitar que las/os niñas/os ingresen algún juguete a la escuela. De no ser posible, el mismo será higienizado antes de ingresar a la sala.

        En el caso de las/os niñas/os que asistan a la sala  con  objetos  transicionales,  se  higienizarán  los  mismos en el proceso de ingreso con alcohol al 70%. Dichos objetos serán de uso individual.

 

Será requisito para el ingreso  de  las/os  estudiantes  al Establecimiento  Educativo  presentar, el primer  día de clases presenciales, una Declaración Jurada en la que su referente familiar o adulta/o responsable manifieste conocer todos los términos del presente documento, que la/el estudiante se encuentra en condiciones de concurrir al establecimiento educativo y  declarar  su  compromiso  de  no  enviar  al estudiante si alguna de las personas convivientes es caso confirmado  de  COVID-19  o  manifiesta síntomas compatibles con sospecha de infección por COVID-19.

Se asegurará el respeto de la  privacidad y confidencialidad de  la  información médica  informada  frente  a  las diversas situaciones epidemiológicas por las cuales personal  docente  no  docente  estudiantes podrían no asistir a la escuela.

 

 

 

 

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b.             Aulas o espacios de stinados al de sarrollo de clases pre se nciale s

        Para el desarrollo de las clases presenciales en el aula o espacio destinado a tales efectos, a  cada estudiante se le asignará un lugar  fijo  cuya  disposición  no podrá  ser modificada  durante el desarrollo de las mismas.

        Al comienzo de cada día la/el docente  a  cargo tomará  asistencia  informará  al equipo  de  conducción las ausencias. El establecimiento educativo realizará un  seguimiento  de  los  motivos  de  ausencia  de  las/os estudiantes.

        La/el docente comenzará la clase explicando a las/os  estudiantes  las  medidas  establecidas  por  el presente protocolo y síntomas COVID-19, hasta que lo considere necesario.

c.               Descansos Programados (Recreos y salas de descanso  destinadas  a personal  docente  y no doce nte )

        Previo al inicio del descanso programado, la/el docente explicará sus  estudiantes  cuáles  son  las medidas de comportamiento que deben mantener durante los mismos, hasta que las mismas se vuelvan habituales.

        Durante los descansos las/os estudiantes saldrán de las aulas/espacios destinados al desarrollo de clases presenciales y se irán a los patios o lugares destinados para el descanso  programado  por  turno,  no pudiendo entrar en contacto con las/os estudiantes de otros grupos, de acuerdo con  los  horarios establecidos por el equipo de conducción. Si la escuela no cuenta con espacios suficientes para evitar el contacto entre grupos burbuja, se podrán escalonar los horarios para el  desarrollo  de  los  mismos  o alternar el uso de las aulas o espacios destinados al desarrollo de clases presenciales en alguno de los descansos programados.

        En todo momento las/os estudiantes serán supervisados  por  un  docente,  quien  constatará  el cumplimiento de las medidas establecidas en el presente documento.

        No se permitirán juegos de pelotas ni de contacto físico entre estudiantes y no se podrán compartir elementos o materiales de juego.

        Para el caso de Nivel Inicial y la Modalidad de Educación Especial se recomienda evitar, dentro de lo

posible, juegos de pelota o de contacto físico entre estudiantes, así como evitar que compartan elementos o materiales de juego.

 

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        Finalizado el tiempo de descanso, el estudiante deberá dirigirse  al  aula  espacios  destinados  al desarrollo de clases presenciales correspondiente siguiendo los accesos establecidos.

        Se deberán evitar las reuniones de docentes u otros miembros de la comunidad educativa  en espacios  donde no pueda cumplirse las medidas del presente documento.

        Tanto estudiantes como personal docente y no docente deberán proceder al lavado de manos o uso de alcohol en gel previo al retorno al aula o espacios destinados al desarrollo de clases presenciales.

 

d.             Educación Física

 

Para el desarrollo de las actividades físicas se deberán respetar los grupos conforme lo dispuesto en el punto

2.a. del presente documento, los cuales podrán ser mixtos, y se deberá priorizar  el uso de  espacios al aire  libre, ya sea en establecimientos educativos, polideportivos, clubes, entre otros.

Asimismo, para la realización de la  actividad  física  el referente  familiar o adulto responsable deberá presentar una planilla de salud debidamente suscripta que habilitará al estudiante a tal fin.

Se deberá cumplir con las medidas de distanciamiento conforme se detalla a continuación:

 

        2 metros en actividades sin desplazamiento y que no producen hiperventilación.

        4 metros durante los momentos de recuperación y  al finalizar  la  actividad hasta que  se recupere un  ritmo respiratorio habitual.

        6 metros durante la práctica de la actividad, cuando la misma hace que la/el estudiante se encuentre hiperventilando.

Durante el desarrollo de actividades físicas las/os estudiantes se encuentran exceptuados del uso de tapaboca. Podrán optar por su uso exclusivamente para actividades de baja intensidad.

e.               Talle res y Laboratorios

 

Para el caso del desarrollo de actividades en talleres y laboratorios,  se  deberá  dar  cumplimiento  las siguientes medidas:

        Si las tareas de aprendizaje deben implementarse específicamente en sectores reducidos, se  deberá utilizar máscaras faciales además del tapaboca.

        Desinfectar las mesas de trabajo, herramientas, equipos, máquinas y materiales a utilizar  antes  y  después de cada uso, así como luego de cada rotación . A tales efectos el personal responsable de los talleres y laboratorios deberá realizar las siguientes acciones:

   Verificar que los productos de limpieza empleados no dañen ni deterioren los equipos (que no

sean abrasivos) y no interfieran con el desarrollo normal del laboratorio/taller.

   Higiene de manos antes de proceder con la limpieza.

 

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   Apagar y desenchufar dispositivos eléctricos o maquinarias previo a su limpieza y desinfección.

   Evitar utilizar cualquier material que pueda dejar residuos.

 

Para el caso de las escuelas de educación técnica, se recomienda la desinfección de los tableros digitales con alcohol isopropílico.

 

f.                Música

 

Dentro de los establecimientos educativos sólo podrán desarrollarse aquellas propuestas musicales que  no impliquen mayores riesgos de  propagación  de  COVID-19, lo  cual será  evaluado en función de  la  evolución de la situación sanitaria.

No se podrán efectuar propuestas tales como coro o uso de instrumentos de viento. Tampoco canto en forma individua l, ni ninguna actividad que implique retirar el tapaboca.

 

g.              Servicio Alime ntario

 

Para aquellas/os estudiantes que asisten a establecimientos educativos de gestión estatal y que cuenten con el beneficio de beca alimentaria, se continuará con la entrega de la Canasta Escolar Nutritiva (CEN) conforme procedimiento a cargo de los concesionarios de dichos servicios.

 

 

 

6.       TRASLADO

 

Mediante el artículo 24 del Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia 67-PEN/21 se establece que el personal docente, no docente y las/os estudiantes -y su acompañante en su caso-, que asistan a clases presenciales, quedan exceptuados de la prohibición del uso del servicio público  de  transporte  de  pasajeros urbano, interurbano e interjurisdiccional, según corresponda y a este solo efecto.

A tales efectos, deberán tramitar el “Certificado Único  Habilitante  para  Circulación Emergencia  COVID- 19”, denominado “ESCOLAR” habilitado en el link: www.argentina.gob.ar/circular.

 

Se recomienda el traslado hacia y desde el establecimiento evitando, en la medida de lo posible, el transporte

 

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público. Se recomienda ir a pie, en bicicleta, entre otros.

 

Asimismo se encuentra vigente el “Protocolo para el uso de Transporte Escolar para  la  vuelta  a  clases", aprobado mediante la Resolución RESOL-2020-1261-GCABA-SSGMO.

Para aquellas/os estudiantes que asisten a establecimientos educativos de gestión estatal y que contaban con transporte escolar, se continuará brindando dicho servicio.

 

 

 

7.       RESPONSABILIDADES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

 

Todos los actores de la comunidad educativa deberán  asumir  deberes  y responsabilidades  en función  de  los  roles que cada uno despliega en la dinámica de cada establecimiento.

Se deberá cumplimentar con las pautas de comportamiento  que  guiarán  el inicio  de  las  clases  presenciales 2021 en el marco de la emergencia sanitaria.

Las pautas que a continuación se detallan, así como  las  ya  mencionadas, son de  carácter  obligatorio,  ya  que son necesarias para promover el cuidado personal y el de los demás como conducta  imprescindible  para preservar a la comunidad educativa y su entorno:

        Cumplir de manera puntual con los horarios de ingreso y egreso al establecimiento educativo que les fueran asignados.

        Cumplir con las actividades que les  sean indicadas  por  su docente  para  la  continuidad  pedagógica  en el hogar.

        Cumplir con las medidas de seguridad, higiene y desinfección que sean indicadas.

        Las/os estudiantes deberán traer desde el hogar el tapaboca colocado de manera correcta. Asimismo, deberán llevar otro tapaboca de repuesto por si fuera necesario su reemplazo  durante  la  jornada  escolar.

        Las/os estudiantes deberán presentar toda la  documentación  que  le  sea  solicitada  por  el establecimiento educativo tales como, planilla de salud  para  la  realización  de  actividad  física, declaración jurada, entre otras en la primera semana de clase.

        Evitar el contacto físico de todo tipo como besos, abrazos, apretones de manos, puños, entre otros.

        No compartir ningún tipo de elemento personal, tales como útiles, libros,  comida,  elementos  de protección, entre otros.

        Trasladar desde el hogar al establecimiento educativo sólo aquellos elementos que sean mínimos e

indispensables para el desarrollo de la jornada escolar.

        Adicionalmente, podrán ingresar con su propia botella de agua, cargada desde el hogar.

 

 

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        No permanecer más de 15 minutos en baños y salas de descanso docentes y siempre tener el tapaboca colocado de manera correcta.

        Efectuar la desinfección del propio lugar de estudio al inicio y terminación de la jornada escolar (tanto docentes como estudiantes a partir del Nivel Primario).  Si  bien  dicha  acción  no  reemplazará  la limpieza institucional, permitirá  la  incorporación  de  hábitos  de  higiene  en sus  lugares  de  uso habitual. A tal fin, se  prevé  que  desinfecten con alcohol al 70%  los  pupitres/mesas, sillas  y los  materiales  que se utilizan en los laboratorios, previo a su guardado. También que realicen la  desinfección  de  sus teléfonos celulares en esos momentos.

        Se deberán evitar las reuniones de docentes u otros miembros de la comunidad educativa en espacios donde no pueda cumplirse las medidas del presente documento. Si fuera indefectiblemente necesario efectuar reuniones, las mismas se deben hacer primero de  manera virtual y, de  no ser posible, deberán ser breves, con pocas personas y al aire libre.

        Al momento del descanso programado, las/os estudiantes, previo al egreso del aula  espacios destinados al desarrollo de clases presenciales, deberán guardar sus objetos personales.

        Evitar tocarse la cara con las manos y, al toser y/o estornudar, cubrirse la boca y nariz con el codo.

        En caso de que la niña, niño o adolescente no asista al establecimiento educativo en el día y horario previstos, por motivos de salud relacionados a COVID-19, las familias deberán informar dicha circunstancia a las autoridades escolares.

Asimismo, los referentes familiares o adultas/os responsables, o los  estudiantes  mayores  de  edad,  deberán firmar una declaración jurada en la que declaren conocer todas las medidas del presente documento.

 

 

 

8.       USO DE OTROS ESPACIOS

 

De ser necesario, se podrán utilizar espacios distintos al establecimiento educativo para el desarrollo de clases presenciales, tales como polideportivos, clubes, museos, bibliotecas, centros culturales, entre otros.

A tal fin, dichos espacios serán contabilizados para la propuesta de organización del desarrollo de las clases presenciales elaboradas por las escuelas.

 

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Resulta importante destacar que la participación de las/os estudiantes en lugares distintos al establecimiento educativo, cuentan con la cobertura de seguros correspondientes.

 

 

 

9.       PROTOCOLO ANTE CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE COVID-19 EN EL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO Y ACCIONES EN EL ESTABLECIMIENTO

Ante la aparición de un caso sospechoso de COVID-19 en el establecimiento educativo, se deberá proceder según lo establecido en el protocolo de manejo de casos sospechosos y confirmados del Ministerio de Salud https://www.buenosaires.gob.ar/sites/gcaba/files/id_0_-

_protocolo_de_manejo_frente_a_casos_sospechosos_y_confirmados_de_covid-19_.pdf,.

 

En todas las situaciones de casos sospechosos de  los  estudiantes,  deberán  presentar  indefectiblemente  una DDJJ suscripta por el referente familiar o adulta/o responsable en la cual manifiesten que el estudiante posee síntomas compatibles con COVID-19 y una constancia médica que indique la  atención  el aislamiento  del mismo. La misma deberá ser presentada dentro de las primeras 24 horas.

En todas las situaciones de  casos  sospechosos del personal docente  y no docente, deberán proceder a la  carga de solicitud de licencia correspondiente  adjuntando  la  constancia  médica  que  indique  la  atención  el aislamiento de la persona. La misma deberá ser presentada dentro de las primeras 24 horas.

En los casos en que dicha situación se presente en el establecimiento educativo y en ésta etapa,  el equipo directivo deberá llevar a cabo las siguientes acciones:

 

 

        Dirigirla/o al sector de aislamiento destinado a tal efecto.

        Aislar a la burbuja.

        Contactar inmediatamente al sistema de cobertura de salud de la persona y, en caso de que cuente con cobertura pública exclusiva, dirigirse a la UFU más cercana.

        En el caso de estudiantes, asimismo se deberá contactar  al referente  familiar  o adulta/o responsable para que éste lleve al estudiante  a la  UFU más cercana o cumpla  con las instrucciones de  la  cobertura de salud de la persona.

        En caso de personal docente o no docente confirmado, informar a la ART.

        Una vez confirmado el caso, el Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires identificará a las personas que cumplan criterios de contacto estrecho.

Para llevar adelante el aislamiento al que se refiere en este punto, se tendrá que utilizar un espacio físico previamente identificado, preferentemente con puerta, ventana y baño propio.

En dicho espacio físico de aislamiento solo deberá permanecer quien posea síntomas compatibles con

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sospecha de COVID-19, salvo aquellos estudiantes que por su grado de autonomía o condición requieran el acompañamiento de un adulto, o cuando la situación así lo amerite.

En caso de confirmarse el caso, se tendrá en cuenta lo siguiente:

 

        Si el caso confirmado es un docente, se deberá aislar, durante 10 días corridos, a las burbujas a las que dicho docente ha impartido clases hasta 48 hs.  antes de  confirmarse  dicho caso (el caso se  confirma  por test, para determinar la fecha de aislamiento se toma la fecha de inicio de los síntomas o, si es una persona que es asintomática, pero se identificó por test, se toma la fecha de testeo), sin perjuicio de la investigación epidemiológica a efectuar por parte del equipo responsable del Ministerio de Salud.

        Si el caso confirmado es un estudiante, se deberá aislar, durante 10 días corridos, a la burbuja a la cual pertenece y a las/los docente/s que le haya/n impartido clases hasta 48 hs. antes de confirmarse dicho  caso (el caso se confirma por test, para determinar la fecha de aislamiento se toma la  fecha de  inicio de los síntomas o, si es una persona que es asintomática, pero se identificó por test, se toma la  fecha de testeo), sin perjuicio de  la  investigación  epidemiológica  a  efectuar  por  parte  del  equipo  responsable del Ministerio de Salud.

        Ante la presencia de un caso sospechoso, y hasta su confirmación o descarte, se tomarán las mismas medidas arriba mencionadas.

        Es importante destacar que el contacto del contacto estrecho no tiene indicaciones de aislamiento.

 

        Los casos sospechosos, confirmados y contactos estrechos serán manejados de acuerdo a protocolos sanitarios vigentes:

https://www.buenosaires.gob.ar/coronavirus/equipos-salud/protocolos-coronavirus-covid-19

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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